martes, 2 de diciembre de 2008

La mujer y la sucesión a la corona de España



La actual constitución española establece en el Artículo 57 que:


1. La Corona de España es hereditaria en los sucesores de . M. Don Juan Carlos I de Borbón, legítimo heredero de la dinastía histórica. La sucesión en el trono seguirá el orden regular de primogenitura y representación, siendo preferida siempre la línea anterior a las posteriores (se prefiere antes a un hijo que a un hermano); en la misma línea, el grado más próximo al más remoto (se prefiere antes a un hijo que a un nieto); en el mismo grado, el varón a la mujer (entre varios hijos se prefiere al varón), y en el mismo sexo, la persona de más edad a la de menos (entre dos hermanos se prefiere al que ha nacido antes).

Esa cita a la preferencia del varón sobre la mujer es lo que se pretende eliminar del texto constitucional. La Carta Magna continuaba así con una tradición de la Monarquía española desde "Las Partidas" de Alfonso X El Sabio, que prefería al varón, sin excluir a la mujer, en la sucesión al Trono.La reforma constitucional pendiente responde al sentir mayoritario de la sociedad española y a la propia filosofía del texto constitucional, que en su artículo 14 deja claro que
"los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social".
Durante los últimos meses, expertos en Derecho Constitucional se han pronunciado sobre la reforma en el sentido de que no bastará un mero retoque del artículo 57, haciéndose necesaria la introducción de determinadas prevenciones, a través de una disposición transitoria, para que, si la reforma tiene carácter retroactivo, explícitamente se ampare el derecho sucesorio del único hijo varón de don Juan Carlos: el Príncipe Felipe.

¿Cuál es tu opinión? ¿Debiera modificarse la Constitución o ya que la monarquía es una formula heredada debiera mantener su línea sucesoria?¿Qué artículo se vulnera? ¿Conoces otros casos de discriminación ?

Príncipe de Asturias

En la segunda mitad del siglo XIV, existían conflictos de interés entre Juan I y el duque de Láncaster (casado con Constanza de Castilla, hija de Pedro I) porque se disputaban el reino de Castilla. En 1388 decidieron poner fin a su lucha pactando el matrimonio de sus hijos Enrique de Castilla y Catalina de Láncaster, a quienes se les otorgó el título de Príncipes de Asturias a imitación del Principado de Gales, propio del sucesor del trono británico. Así quedó instaurado el Principado de Asturias y el título de Príncipe de Asturias que en adelante ostentará el Heredero de la Corona de Castilla y de España. Enrique III (1379-1406), hijo de Juan I, fue el primer príncipe en poseer este título.
En los primeros tiempos de la institución de Príncipe de Asturias no fue un simple título de honor, pues el territorio asturiano les pertenecía como patrimonio, la persona a la que se le otorgaba este título podía nombrar jueces, alcaldes, etc., y gobernaban el Principado en representación del rey. Esta situación cambió con los Reyes Católicos, que redujeron el título de Príncipe de Asturias a una condición honorífica, carácter que se ha mantenido con los reyes de la Casa de Austria y con la dinastía de los Borbones.

La ultima Princesa de Asturias

Fue María de las Mercedes, primogénita de Alfonso XII, quien pasó de ser heredera de su padre y futura reina a ser heredera de su hermano, Alfonso XIII, cuando su madre dio a luz al hijo póstumo del Rey. Muerto Alfonso XII y aún no nacido su hijo Alfonso no se proclamó reina a María de las Mercedes sino que se esperó a que su madre diera a luz. Al nacer un varón fue proclamado directamente rey bajo la regencia de su madre.
Queda claro pues la preferencia del varón a la mujer en contradicción con el propio artículo Artículo 14 de la constitución que establece:
“Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social”.
Históricamente la mujer ha sido discriminada en la sucesión frente al varón, e incluso, en ocasiones, se le ha prohibido expresamente reinar como en el caso de las aplicaciones más estrictas de la Ley sálica.

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